Modulo 1. Unidad 1. Sesión 1. Actividad 2. Las Normas y Ámbitos de Validez

Diferencia entre normas morales, sociales, religiosas y jurídicas

“A las que tienen carácter obligatorio o son atributivas de facultades les damos el nombre de normas” (Máynez).

Existen diferentes tipos de normas como las morales, sociales, religiosas y jurídicas, algunas de las diferencias que las distinguen son, por ejemplo:

  1. Las normas jurídicas son coercibles y las normas morales son incoercibles.
  2. Las normas jurídicas son heterónomas y las normas morales son autónomas.
  3. Las normas jurídicas son externas y las normas religiosas son internas.
  4. Las normas sociales se aplican a un grupo específico de personas y las normas jurídicas se aplican a las personas en general.
  5. Las normas morales son unilaterales, al igual que las normas religiosas, mientras que las normas jurídicas son bilaterales.
Ejemplos de normas
Normas Morales La honestidad, la integridad, el respeto, la tolerancia.
Normas Sociales Saludar siempre, no interrumpir a otros cuando hablan, no hablar con la boca llena.
Normas Jurídicas El derecho a ser votado, no se debe matar, secuestrar, violar.
Normas Religiosas El celibato, los ayunos, bautismo, oración, penitencia.

Leyes que incentivan y prohíben determinadas conductas y sus elementos.

Materia Civil.

Hipótesis: Artículo 24.- En virtud del derecho patrimonial, corresponde al autor el derecho de explotar de manera exclusiva sus obras, o de autorizar a otros su explotación, en cualquier forma, dentro de los límites que establece la presente Ley y sin menoscabo de la titularidad de los derechos morales a que se refiere el artículo 21 de la misma.

Sanción: Las sanciones se contemplan en el Código Penal Federal tipificando esta falta como delito de Plagio.

Coerción: Es la amenaza de ir a la cárcel en caso de no respetar el derecho de autor.

Coacción: Las acciones civiles se llevan a cabo a través de tribunales del orden común.

Norma: Ley Federal del Derecho de Autor.

Materia Penal.

Hipótesis: Artículo 386.- Comete el delito de fraude el que engañando a uno o aprovechándose del error en que éste se halla se hace ilícitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

Sanción: No hay coerción pues no es privativo de la libertad el nacimiento ni la muerte.

Coerción: No existe coacción pues no tendría que cumplirse ninguna pena.

Norma: Código Penal Federal.

Hipótesis: Artículo 367.- Comete el delito de robo: el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley.

Sanción: Artículo 376 bis.- Cuando el objeto robado sea un vehículo automotor terrestre que sea objeto de registro conforme a la ley de la materia, con excepción de las motocicletas, la pena será de siete a quince años de prisión y de mil quinientos a dos mil días multa.

Coerción: Es la amenaza de la pena de privación de la libertad.

Coacción: El Ministerio Público, los jueces y el sistema penitenciario son los que pueden llevar a cabo la coacción.

Norma: Código Penal Federal.

Materia Mercantil

Hipótesis: Artículo 9o.- Toda sociedad podrá aumentar o disminuir su capital, observando, según su naturaleza, los requisitos que exige esta Ley.

Sanción: Que se puede aumentar o disminuir su capital.

Coerción: No tienen ninguna obligación de aumentar o disminuir su capital.

Coacción: No hay quien los obligue a hacerlo.

Norma: Ley General de Sociedades Mercantiles.

Materia Laboral.

Hipótesis: Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Sanción: Recibir un salario por un trabajo realizado y se obliga a cumplir con el trabajo para el que fue contratado.

Coerción: Si el trabajador no cumple con el trabajo puede ser despedido pero si el patrón no cumple con el contrato y despide al empleado sin justificación puede ser demandado.

Coacción: La junta de conciliación y arbitraje es la encargada de resolver estas controversias y las sanciones pueden ser las que el juez señale.

Norma: Ley Federal del Trabajo.

Aplicación de los ámbitos de validez en materia civil

Personal.- Es la que se aplica a los actores intelectuales

Temporal.- La vigencia de la Ley Federal del Derecho de Autor

Territorial.- Es aplicable a todo el territorio Nacional

Material.- Es parte del derecho Civil.

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